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Vacunarlos no puede ser opcional

Si bien hay un grupo minoritario de padres que se declaran como detractores de la vacunación, debe quedar claro que no se trata de una alternativa el vacunar o no a los hijos, ya que en nuestro país rige una ley que lo exige y está contemplado por la Convención de los Derechos del Niño, la cual cuenta con jerarquía constitucional.

Las vacunas del Calendario Nacional de Vacunación son gratuitas y obligatorias. No es opcional su aplicación. Los niños tienen derecho a la salud y a no enfermar o morir a causa de patologías prevenibles a través de las vacunas. En el mundo se han conseguido erradicar enfermedades como la viruela y la poliomielitis, y se han puesto contra las cuerdas a otras tantas como el sarampión, la rubéola o la difteria, gracias a la vacunación.

De este modo, se redujeron los altos índices de mortalidad y las complicaciones que afectaban a la población infantil.  Existe evidencia científica que permite asegurar que las vacunas y el agua potable constituyen dos de las medidas de salud pública más importantes y que mayor impacto han tenido, en este sentido.

A pesar de ello, algunos padres siguen poniendo en duda la efectividad y seguridad de las vacunas y temen que las mismas perjudiquen la salud de sus hijos en lugar de protegerla. Este movimiento anti-vacunas está constituido por un grupo minoritario que, en general, prefiere confiar en la homeopatía. Contrario a lo que muchos creen, no todos son hippies o veganos, ni defensores de la crianza con apego. Esta idea de “no vacunar” no es nueva, lleva muchos años extendiéndose por el planeta y no tiene que ver con clases sociales o con una determinada formación. Si hilamos fino, podemos llegar a encontrar algunos puntos en común, como el desacuerdo con el negocio millonario de la industria farmacéutica y un pensamiento crítico respecto a las imposiciones del sistema.

La obligatoriedad de la vacunación en nuestro país está establecida por la Ley Nacional 22.909, la cual indica que la misma “se aplicará a todos los habitantes del país a efectos de su protección contra las enfermedades prevenibles por ese medio”. Pero, además, la Convención de los Derechos del Niño indica que “en todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas, una consideración primordial a la que se atenderá será el interés superior del niño”.

Asimismo, el principio 2 de la Declaración de los Derechos del Niño señala “El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la Ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente, en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad”.

Cuidarme y cuidar a mi comunidad

Al administrar una vacuna, se busca que el organismo reconozca la enfermedad y produzca defensas. Estas se encargarán de protegerlo para evitar que desarrolle esa enfermedad o bien que en el caso de contraerla, se presente de forma menos agresiva. Vacunarse es un acto solidario porque la vacuna protege a la persona que la recibe pero también a su comunidad. Es un proceso colectivo, ya que un individuo no vacunado representa un riesgo para los demás. 

Las vacunas contempladas en el Calendario Nacional de Vacunación se aplican en todos los hospitales y centros de salud y cuando es necesario se ponen en marcha vacunaciones masivas casa por casa o en las escuelas. Las mismas pueden causar dolor, inflamación, enrojecimiento, fiebre y decaimiento, pero estas reacciones adversas suelen desaparecer espontáneamente.

Con el asesoramiento de Adriana Jure. Jefa del Programa de Inmunizaciones del Ministerio de Salud de la Provincia. 





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